25-10-2006
La reforma, que entrará en vigor en el primer trimestre de 2007, incluye un recorte de los costes de notarios y registros. El Gobierno recortará del 1% al 0,5% la comisión máxima por cancelación anticipada de las hipotecas a tipo variable. En las de interés fijo, penalizadas con tarifas que rondan el 3%, también se aplicará el nuevo límite, aunque sólo en determinadas condiciones. Esta medida, adelantada ayer por el secretario de Estado de Economía, David Vegara, es una de las principales novedades que incluye la reforma de Ley Hipotecaria, cuya entrada en vigor se prevé para el primer trimestre de 2007.
Su objetivo es facilitar el cambio de entidad o de las condiciones del préstamo en un momento de tensión en el sistema debido a la imparable escalada del euríbor, que se sitúa en el 3,715% tras haber aumentado casi 1,5 puntos en un año. Debido al encarecimiento de la vivienda, el endeudamiento de las familias se ha disparado a máximos históricos y la continua subida de las cuotas bancarias amenaza con poner en aprietos a muchos hogares.
Uno de los grandes problemas del modelo actual es que en España el 98,25% de las hipotecas están vinculadas a un tipo variable como el euríbor, que sufre fuertes oscilaciones. El Ejecutivo quiere modificar esta tendencia e impulsar el interés fijo o, al menos, los préstamos mixtos, que garantizan durante unos años una tasa estable. Pero no se ha atrevido a extender a los contratos a tipo fijo la comisión máxima del 0,5% para la cancelación.
Sólo se aplicará ese límite si en el momento de dar por zanjado el crédito los tipos en el mercado están por encima del vigente cuando se suscribió. Si, por el contrario, son inferiores, la entidad financiera podrá aplicar la penalización pactada en el contrato. Por ejemplo, si cuando se firmó el documento estaban al 6% y al cancelar el mercado marca un 7%, se aplicará la comisión del 0,5%. Pero si el mercado está en un 4%, el banco o caja podrá ‘agarrarse’ a lo que esté firmado. El objetivo aquí es evitar que sólo sean los grupos financieros los que se beneficien por los movimientos del precio de las hipotecas, y reciban un dinero a un interés determinado y vuelvan a prestarlo de inmediato a otro superior.
Los registradores y los notarios serán también protagonistas de la reforma, puesto que verán mermados sus ingresos cuando los titulares de hipotecas acudan a ellos a cancelarlas, ya sea por subrogación o por novación -cambio de clase de contrato en la misma entidad-. Para los primeros, la norma generalizará la actual bonificación máxima -un 90% sobre el arancel, que es un porcentaje sobre el valor del piso que el Ministerio de Justicia publica de forma periódica en el BOE-. Es decir, sólo se pagará el 10% de ese arancel. En el caso de los fedatarios públicos, ya no cobrarán un porcentaje sobre el valor de la casa, sino un dinero fijo por folio, que será de 30 euros como mínimo. Con esto, aseguró Vegara, y para un contrato de 120.000 euros a 20 años de plazo, el ahorro será del 40%.
Ventajas arancelarias que disfrutarán también quienes constituyan una ‘hipoteca inversa’. Una fórmula a la que sólo se podrán acoger los mayores de 65 años y las personas dependientes. Para este tipo de crédito -que grava las viviendas ya pagadas a cambio de una renta mensual-, aunque la cantidad pactada con la entidad se agote en vida del beneficiario, éste podrá seguir viviendo en su casa. Una vez fallecido, sus herederos podrán optar entre vender el piso y hacer frente a los pagos pendientes o liquidar el crédito ellos mismos sin necesidad de sacar la finca al mercado.
Más transparencia
Vegara explicó también que se obligará a las entidades financieras a multiplicar su transparencia. Así, la norma habilitará al ministro de Economía para dictar una orden a través de la cual se establecerá una documentación mínima que bancos y cajas estarán obligados a proporcionar a sus clientes antes de firmar los créditos.
Entre esos datos esenciales se incluirá una simulación en distintos escenarios de tipos del devenir de los contratos para que se pueda calcular el coste real a lo largo del tiempo. Además, se incrementará el control sobre los tasadores, a los que se exigirá mayor independencia y secreto profesional en sus actividades. En especial, a aquellas empresas dependientes de una entidad financiera. En estos casos, el banco o la caja de turno deberá crear una comisión técnica para analizar la labor de estos agentes, que estarán obligados a trabajar bajo un reglamento interno de conducta.
25-10-2006 Colpisa
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