04-07-2009 Consejos, Diario Alquileres

La Corte de Arbitraje es el principal organismo independiente de arbitraje institucional en España. Fue creada en el año 1999, con el objeto de descargar de trabajo a los juzgados y tribunales ordinarios mediante juicios rápidos, cuyas sentencias son de carácter firme y de obligado cumplimiento tal y como establece la vigente Ley de Arbitraje. Actualmente hay un total de 6.500 inmobiliarias en España que acudieron a la Corte de Arbitraje Económico de Derecho y Equidad para trabajar conjuntamente en la promoción del arbitraje, que ofrece la resolución de conflictos en 30 días sin pasar por el juzgado.

Madrid se sitúa como la primera región con mayor número de agentes inmobiliarios asociados a la Corte de Arbitraje, con un total de 1.570, seguido por, Cataluña (1.330 agentes), Comunidad Valenciana (1.041), Andalucía (928), Galicia (372), Castilla la Mancha (334), País Vasco (302) y Aragón (162).

El arbitraje constituye una medida imprescindible que aporta la seguridad que demanda el mercado de los alquileres, en un sector especialmente dañado por el desplome inmobiliario como el de las agencias de intermediación.

El alquiler de inmuebles supone en este momento una línea de negocio imprescindible y prácticamente la única fuente de ingresos del colectivo inmobiliario.

Para la institución de la Corte de Arbitraje Económico de Derecho y Equidad es muy importante contar con los profesionales del sector inmobiliario.

Es fundamental seguir impulsando el mercado del alquiler, puesto que en la actualidad muchas personas no pueden acceder a una vivienda en propiedad, ya que los bancos apenas conceden hipotecas y se ven obligados a irse a vivir de alquiler y, a su vez, los propietarios buscan cada vez más, una mayor protección jurídica.

Por ello, la Corte de Arbitraje, con el objetivo de eliminar las barreras que generan esa inseguridad ofrece la opción del arbitraje, que cuenta con ventajas como su bajo coste económico, rapidez y alta efectividad.

Adjuntar al contrato de arrendamiento el impreso de garantía de alquiler garantiza en un plazo máximo de 30 días con un solo trámite un resultado similar a una sentencia firme de obligado cumplimiento.

Es la única institución que asume un compromiso de calidad para todos los usuarios, de modo que en el caso de que no se obtenga la sentencia firme en el plazo de 30 días desde el inicio del procedimiento, la Corte de Arbitraje adelanta la indemnización demandada.

La Corte de Arbitraje está especializada en asuntos de destacada relevancia económica y social, y actualmente es el principal referente en la resolución de conflictos en materia de arrendamientos en España.

www.lacortedearbitraje.es

04-07-2009

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