12-03-2008 Vivienda Catalunya
UGT de Cataluña considera “inútil” el Decreto de aval-alquiler aprobado hoy por el Govern, que establece que la Generalitat pagará hasta seis meses de alquiler a los propietarios que se encuentren con situaciones de impago, informó el sindicato.
El decreto establece que la Generalitat pagará si los propietarios presentan una sentencia firme de rescisión, una medida “ineficaz”, según UGT, ya que durante los meses de procedimiento judicial el propietario “no obtendrá ningún ingreso, además del tiempo y los recursos que significa afrontar dicho proceso”.
Según el sindicato, una fórmula más acertada pasa por que el propietario ceda la gestión de su vivienda a la administración, siendo ésta la que asuma el pago de las rentas directamente al propietario, lo que “garantiza el cobro mensual”.
Por su parte, CC.OO. explicó que además de esta medida de garantía por situaciones de impago, la Generalitat “debe detectar” las viviendas vacías e “informar” a los propietarios sobre el decreto aval-alquiler, además de “proponerles poner sus pisos en las redes de alquiler”.
UGT criticó la “falta de compromiso” del conseller de Medio Ambiente y Vivienda, Francesc Baltasar, ya que en el decreto del aval-alquiler “ha cogido la vía directa y no ha creído necesario” la opinión de los agentes sociales, cuando “afirmó” que todos los decretos serían dictaminados por el Consejo de trabajo Económico y Social de Catalunya (CTESC), situación que lamentó también CC.OO.
Cataluña pagará hasta seis meses de alquiler a los propietarios con situaciones de impago
La Generalitat de Cataluña aprobó hoy el decreto de aval-alquiler que establece una garantía de seis meses a los propietarios de una vivienda ante situaciones de impago, y que tiene como objetivo incrementar el número de pisos en el mercado de alquiler, informó la Conselleria de Presidencia.
Para acogerse a la nueva garantía -una de las medidas previstas en el Pacto Nacional para la Vivienda y en la Ley del derecho a la vivienda-, el propietario no deberá demandar una renta mensual superior a 1.500 Euros en Barcelona y situarse entre los 600 Euros y los 1.200 Euros en el resto de Cataluña.
Además, para poder ser beneficiario, el propietario no debe exigir una fianza superior a dos mensualidades, ni ninguna otra garantía adicional para la firma del contrato, y debe haber depositado en el Institut Català del Sòl (Incasòl) el contrato íntegro de alquiler, la fianza y un documento de compromisos relativo al aval-alquiler.
El decreto establece que la Generalitat pagará a los propietarios siempre que éstos hayan instado y obtenido una sentencia de rescisión por impago, además de establecer unos límites para evitar las situaciones de fraude, como no abonar las mensualidades cuando, en un plazo de tres años, se hayan dictado tres sentencias de rescisión en una misma vivienda.
Asimismo, la Conselleria de Medio Ambiente y Vivienda podrá actualizar los límites de las rentas que prevé el decreto en función de los indicadores de que disponga la Secretaría de Vivienda sobre las rentas medias de los contratos de alquiler en las distintas zonas.
La Generalitat informó de que, en 2007, el precio medio de alquiler en Cataluña fue de unos 859 Euros -en Barcelona ciudad no llegó a los 1.000 Euros-, se formalizaron 60.000 contratos de alquiler y se instaron unos 6.500 procesos judiciales por impago, lo que representa un 1,8% del total.
12-03-2008 EP
|
|
| Más artículos y noticias financieras | |
| « Barcelona y Girona - Incasòl promueve 124 nuevas VPO | Cantabria - Plan de choque obra pública contra la crisis » |
Noticia financiera e informaciones sobre hipotecas, financiaciones inmobiliarias y crédito inmobiliario. Actualidad del negocio de construcción en España. Publicación de informaciones para el consumidor e interesado en la inversión inmobiliaria.
www.Credito-Vivienda.com




