03-08-2005 Diario Andalucía, VPO Vivienda
03-08-2005 EuropaSur
Andalucía - La Junta dobló el número de viviendas sociales rehabilitadas en La Línea
La Junta de Andalucía pasó de rehabilitar 937 viviendas en La Línea en un año a 1.717 en el siguiente
La Línea. La Junta de Andalucía procedió a la rehabilitación de 1.717 viviendas en La Línea en un año según el estudio realizado por la Consejería de Obras Públicas y Transportes y hecho público la semana pasada.
Este número de actuaciones supera con creces el del año anterior, que había sido de 937, lo cual indica no sólo la aceptación de los planes de rehabilitación auspiciados por la Junta si la implicación de la Consejería a la hora de programar planes encaminados a la erradicación de la infravivienda y a a la mejora global en este aspecto.
El cuarto Plan Andaluz de Vivienda y Suelo para el periodo comprendido entre los años 2003 y 2007 está integrado por distintos programas que se agrupan en alquiler, venta y rehabilitación y suelo. La rehabilitación comprende las actuaciones de vivienda resultantes de la rehabilitación financiada mediante fondos públicos y privados con ayudas autonómicas y estatales .
Según explica la Junta en su informe, en el apartado de rehabilitación se incluye la rehabilitación individualizada de edificios y viviendas, la transformación de la infravivienda, la rehabilitación autonómica, la rehabilitación de edificios, la rehabilitación singular, la adecuación funcional básica y la reparación del parque público residencial.
El parque de viviendas familiares principales en La Línea es de 18.846 unidades.
Se da la circunstancia curiosa de que se está produciendo un ligero descenso puesto que llegó a se de 20.042 en el año 2000.
Se entiende por vivienda el recinto estructuralmente separado e independiente que, por la forma en que fue construido, reconstruido, transformado o adaptado, está concebido para ser habitado por personas o, aunque no fuese así, constituye la residencia habitual de alguien en el momento de elaboración del censo.
No se consideran viviendas los recintos que, a pesar de estar concebidos inicialmente para habitación humana, en el momento censal están dedicados totalmente a otros fines (por ejemplo, los que estén siendo usados exclusivamente como locales comerciales).
Una vivienda es familiar si está destinada a ser habitada por una o varias personas no necesariamente unidas por parentesco y que no constituyen un grupo de personas sometidas a una autoridad o régimen común no basados en lazos familiares ni de convivencia (conventos, cuarteles, asilos…).
En lo que se refiere en concreto a las características de las viviendas familiares, las características van referidas únicamente a las viviendas principales, es decir, a las que son residencia habitual de alguna persona.
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