11-11-2005 Consejos, Diario Andalucía, Noticias Vivienda

11-11-2005 20 Minutos
Andalucía
BOJA del 7 de noviembre
Regulando los derechos del cliente al comprar una vivienda

El reglamento entra en vigor a principios de 2006. Especifica qué información debe recibir el cliente por parte del vendedor. Si va a comprar, alquilar o vender su casa, atienda. Andalucía cuenta con un Reglamento de información al consumidor en la compraventa y arrendamiento de viviendas. Regula el derecho del consumidor a tener información del inmueble. Así, los datos que usted puede exigir son:

pisos nuevos

En proyectos de nuevas promociones o ya construidas, pero nuevas:

Datos del promotor, inmobiliaria, proyectista, director de obra y constructora.

Planos, m2 útiles; descripción de espacios, edificio y de protección de incendios.

Calidades, precios y pago. Cantidad a cuenta, título del promotor sobre el solar, licencias, entrega, cargas y condiciones del contrato (no edificados). Entrega, cargas, licencias, datos del solar y contrato (pisos construidos).

Segunda mano

Descripción de la vivienda (también del edificio), precios, tributos y forma de pago, entre otros.

Datos del propietario, cargas de la vivienda, m2 construidos y útiles, año de construcción, cuota de la comunidad de propietarios, datos de la urbanización y certificado de estar al día en el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI).

Alquiler

Datos del arrendador , inmobiliaria o intermediario; m2 útiles; y descripción de la vivienda y del edificio o urbanización.

Inventario de enseres; renta contractual; gastos; si existen elementos que debe mantener el arrendatario; precios de los servicios de intermediación; licencias; cargas; y condiciones del contrato, entre otros.

Aspectos que también debe conocer

Entrada en vigor: A principios de 2006, hacia febrero, tres meses después de que haya sido publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

Las vallas publicitarias: Los soportes publicitarios de venta o arrendamiento instalados antes de la entrada en vigor no tendrán que adaptarse. Las promociones que ya hayan editado folletos similares podrán mantenerlos.

Sanciones: Si no se cumplen sus artículos. Leves: de 200 a 5.000 euros. Graves: de 5.001 a 30.000 euros. Muy graves: de 30.001 a 400.000 euros.

Más información:

En el BOJA del 7 de noviembre, que recoge todo el articulado del nuevo Reglamento.

DECRETO 218/2005, de 11 de octubre, por elque se aprueba el Reglamento de información al con-sumidor en la compraventa y arrendamiento de vivien-das en Andalucía

Sitio Web de la Junta con el texto completo: www.andaluciajunta.es

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